Modalidades del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (IS)

Esto que van a leer a continuación es importante, ya que puede afectar al bolsillo de cada empresario. Hay dos modalidades para determinar la base de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades de una empresa.

Una es la modalidad general, que supone liquidar a cuenta el 18% sobre la liquidación realizada el año pasado.

Otra, la forma opcional, supone liquidar el impuesto de sociedades a cuenta, en función de los resultados que se vayan obteniendo ese mismo año. Para poder optar por esta segunda opción, hay que comunicárselo a la AEAT, vía modelo fiscal 036, dentro del mes de febrero.

El problema viene cuando el año pasado ha sido un año extraordinario en término de beneficios y este año no lo va a ser tanto, pues liquidaríamos el impuestos de sociedades a cuenta este año, sobre un resultado que no será real y pagaría a cuenta más de lo que finalmente será la factura fiscal por este impuesto, con el consiguiente drenaje de liquidez. Estamos hablando siempre sobre un pago a cuenta de un impuesto, con una liquidación final.

 A continuación indicamos más detalles.

 A. MODALIDAD GENERAL (en función de la cuota líquida de la última declaración del IS):

El pago fraccionado se calcula aplicando el 18% sobre la cuota íntegra del último período impositivo, cuyo plazo reglamentario de declaración estuviese vencido el primer día de los 20 naturales de los meses de abril, octubre o diciembre, minorada por las deducciones y bonificaciones a las que tenga derecho el sujeto pasivo y por las retenciones e ingresos a cuenta.

Si el resultado es cero o negativo, no existe obligación de presentar la declaración.

Si el último período impositivo tiene una duración inferior al año, se toma igualmente la parte proporcional de la cuota de períodos impositivos anteriores, hasta completar un período de 12 meses.

B. MODALIDAD OPCIONAL (obligatoria si el importe neto de la cifra de negocios es superior a 6.000.000 €), en función de la base imponible del ejercicio:

El pago fraccionado se calcula sobre la Base Imponible del periodo de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural deduciendo las bonificaciones, las retenciones e ingresos a cuenta practicados, así como los pagos fraccionados efectuados.

Se aplican las siguientes reglas para el cálculo del pago fraccionado:

Contribuyente cuyo importe neto de la cifra de negocios no haya superado 10.000.000 € durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo: el porcentaje a aplicar es 5/7 por el tipo de gravamen redondeado por defecto. (Si aplican el tipo general: 17%).

Contribuyente cuyo importe neto de la cifra de negocios sea al menos de 10.000.000 € durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo: el porcentaje a aplicar es 19/20 por el tipo de gravamen redondeado por exceso. (Si aplican el tipo general: 24%).

Si el período impositivo no coincide con el año natural, se toma como BI la de los días transcurridos desde el inicio del período impositivo hasta el día anterior al inicio de los períodos señalados anteriormente (31 de marzo, 30 de septiembre y 30 de noviembre). En estos casos, el pago fraccionado es a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día anterior al inicio de cada uno de los citados períodos.

Se establece la obligación de realizar un pago fraccionado mínimo, solo para contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores al inicio del periodo impositivo sea al menos de 10.000.000 €.

Se opta por la segunda modalidad presentando el modelo 036 de declaración censal, en febrero del año a partir del cual debe surtir efectos, siempre que el período impositivo al que se refiere la citada opción coincida con el año natural; si no, el plazo será el de 2 meses a contar desde el inicio de dicho período impositivo o dentro del plazo comprendido entre este inicio y la finalización del plazo para efectuar el primer pago fraccionado correspondiente al referido período impositivo cuando este último plazo fuera inferior a 2 meses.

Realizada la opción, el contribuyente queda obligado respecto de los pagos fraccionados de los mismos períodos impositivos y siguientes, salvo renuncia a su aplicación presentando el modelo 036 de declaración censal en los mismos plazos.

No existe obligación de practicar pagos fraccionados en el primer ejercicio económico de la entidad, ya que no es posible aplicar la primera modalidad, al ser la cuota igual a cero. No obstante, se puede optar por aplicar la segunda modalidad.

Supuestos en los que conviene optar por la modalidad opcional b)

  • Cuando se prevea una disminución del resultado con respecto a años anteriores.
  • En sociedades inactivas en algún momento del año o con cuentas de resultados casi nulas.
  • Cuando el volumen principal de operaciones se produzca en el mes de diciembre. Por ejemplo en actividades agrícolas o de temporada.

 Supuestos en los que conviene revocar la opción de la modalidad opcional b)

  • Si se estima un resultado muy superior al del año anterior.
  • Cuando la sociedad retome la actividad tras haber estado inactiva parte del año anterior.
  • Si se va a realizar una operación excepcional que dé lugar a un ingreso elevado.

Algunos datos económicos de interés

Si tiene que actualizar precios con clientes, el IPC anual del ejercicio 2019 ha sido del 0’8%.

Según las previsiones del FMI:

  • El mercado global crecerá en 2020 un +3’3% y un +3’4% en 2021.
  • EEUU crecerá en 2020 un +2’0% y un +1’7% en 2021.
  • China crecerá en 2020 un +6’0% y un +5’8% en 2021.
  • La Zona Euro crecerá en 2020 un +1’3% y un +1’4% en 2021.
  • Alemania crecerá en 2020 un +1’1% y un +1’4% en 2021.
  • España crecerá en 2020 un +1’6% y un +1’6% en 2021.

Las pymes son el motor de la económica española, son el 99’99% de las empresas en España, contribuyen al 62’2% del PIB y en un 72’4%  a la generación de empleo.

Los 10 cisnes negros de la economía para 2020

Todos los años por estas fechas, la entidad Danesa Saxo Bank, emite un informe para sus clientes con una lista de sus diez sorpresas con fuertes consecuencias para los mercados, conocidos como “los cisnes negros”. Esto no quiere decir que todos vayan a ocurrir, pero sí que alguno pueda ocurrir y las consecuencias no serían menores para la economía mundial. Tienen poca probabilidad, pero tienen alguna.

Ahí van los 10 cisnes negros para 2020:

  1. El Brexit es un éxito. El Gobierno Británico tras ejecutar la salida de la UE lanza un plan de gasto público que supone que el PIB británico sube un +8% y la Bolsa inglesa se revaloriza un 15% anual.
  2. Hungría deja la UE: Consecuencia de la política autoritaria de su presidente Viktor Orbán.
  3. El BCE cambia de guardia. La nueva presidenta Christine Lagarde ejecuta un cambio de rumbo en la política monetaria y se inclina por empezar a subir los tipos de interés. La banca europea sube en Bolsa un 30%.
  4. Inflación en EEUU. Trump lanza un gran programa de inversión pública en infraestructuras para asegurarse la reelección en noviembre de 2020. Caen en Bolsa las compañías tecnológicas un 25% en favor de las empresas tradicionales.
  5. El Impuesto Americano. Trump crea un impuesto para todos aquellos productos que se consuman en EEUU y se produzcan fuera. Los bonos del tesoro a 10 años en EEUU pasan del 1’7% al 6%.
  6. Derrota de Trump. Los demócratas ganan las elecciones presidenciales. Las empresas farmacéuticas caen en Bolsa un 50%.
  7. Moneda Asiática. China y otros países asiáticos crean su propia divisa, homóloga al dólar o al euro. El dólar cae un 20%.
  8. Robots a la baja. Las empresas fabricantes de semiconductores bajan un 50% en Bolsa ante la imposibilidad de desarrollar chips destinados a inteligencia artificial a precios razonables.
  9. Energía sucia. Las empresas petroleras rebotan en Bolsa por el incremento de demanda en Asia y el recorte de la oferta. Las empresas de energías renovables caen por sus elevadas valoraciones.
  10. Drama en Sudáfrica. La crisis de la eléctrica pública EKSOM lleva al Gobierno Sudafricano al borde de la quiebra. Sudáfrica es la primera económica del continente.

Ninguno de los 10 cisnes negros de 2019 se ha cumplido, aunque alguno por poco, como el caso de que Alemania entrase en recesión.