La tributación de los dividendos:
El dividendo es la parte del beneficio que se reparte entre los accionistas o participes de una compañía. Constituye la remuneración que recibe el accionista por ser propietario de la sociedad. La cantidad es variable según los resultados anuales que la empresa ha obtenido.
La Ley del Impuesto de la Renta determina, que forman parte de los rendimientos de capital mobiliario los obtenidos por la participación de un contribuyente en los fondos propios de cualquier tipo de entidad. Entre ellos, se encuentran los dividendos, las primas de asistencia a juntas de accionistas y otras participaciones en los beneficios de una empresa.
Los dividendos se integran en la base imponible del ahorro, y tributan de acuerdo a la siguiente tabla:
CUANTIA DEL DIVIDENDO NETO | TIPO IMPOSITIVO |
Hasta 6.000 euros | 19% |
Desde 6.000 hasta 50.000 euros | 21% |
Más de 50.000 euros | 23% |
Para el cálculo del rendimiento neto del capital mobiliario, se deducirán de los rendimientos íntegros exclusivamente los gastos de administración y depósito de las acciones o participaciones y demás valores negociables. Eso sí, hay que tener en cuenta que no son deducibles los gastos ligados a una gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión.
El accionista o participe deberá tributar por el importe bruto total obtenido en concepto de dividendos menos los gastos fiscalmente deducibles. Asimismo, incluirá dentro de retenciones y pagos a cuenta de la declaración de IRPF, la retención total soportada.
La compañía pagadera del dividendo está obligada a retener en concepto de pago a cuenta del IRPF el 19% del importe del dividendo aprobado en Junta pagado al accionista o participe.