Exenta de IRPF la prestación por maternidad
El Tribunal Supremo ha hecho pública una sentencia por la que determina que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, -que perciben mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo-, están exentas de IRPF, en contra del criterio mantenido hasta entonces por la Agencia Tributaria.
Esta sentencia abre la vía a reclamar a La Agencia Tributaria el reintegro de dicha cantidad, vía solicitud de ingresos indebidos, desde el año 2014, ya que los ejercicios anteriores estarían prescritos. Si usted así lo desea, se lo podemos reclamar.