LTV- Loan To Value:
El LTV se expresa en porcentaje y es la cantidad prestada en relación al valor del inmueble –que sirve de colateral, garantía-. Así, el préstamo de 80.000 euros para la adquisición de un activo que en el momento de la compraventa fue tasado en 100.000 euros, tiene un LTV del 80%.
El LTV sirve para estimar la probabilidad de impago de las carteras de hipotecas.
Los créditos se clasifican según su LTV de la siguiente manera:
- menos del 60%;
- desde el 60% hasta el 80%;
- desde el 80% hasta el 100%;
- más del 100%.
Para afinar más la puntería, también se suele tener en cuenta la fecha de constitución de la hipoteca. De tal modo que finalmente les sale una matriz que, por ejemplo puede ser así:
Fecha de constitución de la hipoteca | |||||||
LTV | 2016 | 2015 | 2014 | 2013 | 2012 | 2011 y antes | |
0%-60% | 0,2 | 0,3 | 0,2 | 0,2 | 0,2 | 0,1 | |
60%-80% | 0,8 | 1,2 | 0,8 | 0,8 | 0,8 | 0,6 | |
80%-100% | 1,2 | 1,6 | 1,1 | 1,1 | 1,1 | 0,8 | |
> 100% | 1,4 | 1,9 | 1,4 | 1,4 | 1,4 | 1,0 |
La idea que subyace es que cuanto más cercana está en el tiempo la hipoteca, y cuanto más elevado es el porcentaje de LTV, mayor es la probabilidad de “default”, lo cual tiene sentido;
Una hipoteca con más de 10 años de vida y con un LTV del 50% es francamente improbable que llegue a impagarse, salvo auténtica desgracia. Y no sólo por su historial o ”track-record”, sino por la terrible pérdida que supondría para el titular tirar por la ventana una buena cantidad de intereses y capital ya liquidados, además de ceder a coste de “chollo” un bien que años atrás adquirió, a un precio previsiblemente más bajo que los actuales.