Las Cuentas Anuales, tipología y presentación

Las Cuentas Anuales son un conjunto de documentos que recogen la información financiera de la empresa y permiten evaluar el estado del negocio y la evolución que ha sufrido en el último año. Están formadas por:

  • El Balance.
  • La Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
  • El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.
  • Estado de Flujos de Efectivo.
  • La Memoria.

Hay dos modalidades de Cuentas Anuales –Abreviadas y Normales-:

  • Formato Abreviado:
  • Balance y Memoria Abreviadas:

Podrán formular Balance y Memoria abreviada las empresas que durante 2 ejercicios fiscales consecutivos reúnan, a la fecha de cierre, al menos dos de las circunstancias siguientes:

  • Total del activo no superior a 2.850.000€
  • Importe neto de su cifra anual de negocios no superior a 5.700.000€
  • Nº medio de trabajadores no superior a 50
  • Cuenta de Resultados Abreviada:

Podrán formular Cuenta de Resultados Abreviada las sociedades que durante 2 ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

  • Total de activo no superior a 11.400.000€
  • Importe neto de su cifra anual de negocios no superior a 22.800.000€
  • Nº medio de trabajadores no superior a 250
  • Formato Normal:

Las empresas que no puedan presentar Cuentas Anuales Abreviadas, tendrán que presentar el formato normal, que supone más información y más detallada.

Hay tres fases en la presentación de las Cuentas Anuales:

a) Formulación: Las sociedades deben formular las Cuentas Anuales, en el plazo de tres meses, a partir de la fecha de cierre del ejercicio fiscal (que normalmente coincide con el año natural).

En dicho plazo deben redactarse y confeccionarse los siguientes documentos:

  • Las Cuentas Anuales.
  • El Informe de Gestión.
  • La Propuesta de Aplicación del Resultado.

b) Aprobación: Las Cuentas Anuales se han de aprobar por la Junta General Ordinaria dentro del plazo de seis meses siguientes al cierre del ejercicio social. Las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión deberán ser firmados por todos los Administradores.

c) Depósito de las Cuentas Anuales: Los Administradores de la Sociedad deben depositar las Cuentas Anuales, y, en su caso, el Informe de Gestión y el Informe de Auditoria dentro del mes siguiente a la aprobación de las Cuentas Anuales, siendo la fecha límite el 30 de Julio.

Control y Registro del horario laboral

El pasado 12 de Marzo se publicó en el BOE el Real Decreto- Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Con esta nueva disposición, todas las empresas deben registrar la jornada laboral de los trabajadores (que debe incluir de manera específica el horario de entrada y de salida según cada caso concreto) y guardar dicho registro durante un plazo de cuatro años. Además, deberá entregarse cada mes a los trabajadores y representantes sindicales, si los hubiera, el registro de horas ordinarias y extraordinarias que se han realizado en dicho periodo.

Esto, en líneas generales, implica la obligatoriedad por parte de los trabajadores de fichar durante su jornada laboral y de los empresarios de pagar las horas extras correspondientes.

La entrada en vigor de esta nueva normativa se producirá a partir del próximo 12 de Mayo. El incumplimiento de este control de fichajes se considerará sanción grave, conllevando multas de entre 625€ y 6.250€ para las empresas infractoras.

 Si todavía no tiene resuelta esta cuestión en su empresa, consúltenos.