Real Decreto ley 7/2020 de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19

El Consejo de Ministros del pasado jueves 12 de marzo, aprobó una serie de medidas para responder al impacto económico del COVID-19. Entrarán en vigor tras su publicación en el BOE ( viernes 13 de marzo)

 Se trata de un primer lote de medidas, limitadas, al no estar aprobados los presupuestos generales.

 La medidas que más pueden interesar a las pymes y autónomos, están contempladas en los artículos 11, 12 y 14 del citado Real Decreto ley y que se iresumen a continuación:

  • Artículo 11: Los trabajadores contagiados por el COVID-19 tendrán la consideración de accidente de trabajo a efectos de prestación económica por incapacidad temporal, del Sistema de la Seguridad Social, lo que conlleva a que la Seguridad Social asuma el 75% de la base reguladora del sueldo y el empresario complemente el 25% restante. En realidad el empresario sigue pagando todo el sueldo, pero actúa como pago delegado, por lo que después se deduce las cantidades.
  • Artículo 12: Línea de Financiación para pymes y autónomos del sector turístico, de 400 millones de euros, instrumentada a través del ICO, con garantía parcial (50%) del Estado. Existe una lista de CNAEs (Código Nacional de Actividad Económica) en la disposición adicional primera, restringidos al sector turístico y hostelero, de momento.
  • Artículo 14: Aplazamiento de deudas tributarias y liquidaciones a realizar entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de 2020, por plazo de 6 meses y sin coste los 3 primeros meses. Importe máximo del aplazamiento de 30.000€. Debe realizarse solicitud previa.
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