Comienza la Campaña de la Renta 2018. Calendario y Novedades.

El próximo día 2 de abril comienza La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2018. Los contribuyentes tendrán hasta el día 1 de julio para rendir cuentas con Hacienda. A continuación indicamos las fechas clave de la campaña:

  • 15 de marzo hasta 1 de julio

Plazo para consultar los datos fiscales y solicitar número de referencia, a través de la web de la Agencia Tributaria o mediante la app.

  •  2 de abril hasta 1 de julio

Plazo para presentar y modificar las declaraciones de la Renta de Patrimonio de 2018.

  •  26 de junio

Último día para presentar declaraciones de Renta 2018 y Patrimonio 2018 con domiciliación bancaria.

  • 1 de julio

Último día para presentar declaraciones de Renta 2018 y Patrimonio 2018.

  • 05 de noviembre

Último día para realizar el ingreso del segundo plazo de la cuota del impuesto sobre la Renta 2018, si se fraccionó el pago.

Entre las principales novedades de la Renta de 2018 podemos destacar:

  • Desaparece la posibilidad de solicitar la «pre-declaración» de la renta en papel.
  • Estarán exentas de tributar las prestaciones por maternidad y paternidad, después de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de octubre de 2018.
  • Se amplía la deducción por familia numerosa, hasta 600 euros anuales, por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial.
  • La deducción por maternidad se incrementa en 1.000 euros anuales -adicionales a los 1.200 euros anuales que ya estaban en vigor- cuando el contribuyente sufrague gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados.

Recuerde antes de presentar su declaración de la renta:

  • Revise siempre su borrador antes de entregarlo, ya que puede contener errores.
  • Tenga en cuenta que hay deducciones y beneficios fiscales que no aparecerán automáticamente, por lo que debe incluirlos para que se apliquen al resultado.
  • Elija la forma de tributar más ventajosa: conjunta o individual.
  • Compruebe si puede acogerse a deducciones autonómicas.
  • Informe si ha realizado aportaciones al sindicato o colegios profesionales.
  • Puede ser que usted no tenga obligación de hacer la declaración, pero puede que le salga a devolver.
0 comentarios

Escribe tu comentario

Want to join the discussion?
Feel free to contribute!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>