Cuentas Anuales 2019. Plazos.

El Real Decreto-ley 19/2020 de 26 de mayo (BOE 27) nos ha traído modificaciones en fechas y plazos para la formulación, aprobación, presentación y legalización de las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio fiscal 2019, quedando de la siguiente forma:

  • Formulación de Cuentas Anuales: del 1 de junio al 31 de agosto.
  • Aprobación de Cuentas Anuales: del 1 de septiembre al 31 de octubre.
  • Presentación de Cuentas Anuales en el Registro Mercantil: 1 mes de la su aprobación en Junta Ordinaria, con fecha límite 30 de noviembre.
  • Legalización de los Libros Contables en el Registro Mercantil: del 1 de junio al 30 de septiembre.

El Impuesto de Sociedades se seguirá presentando el 25 de julio de 2020, no obstante, se podrá realizar una segunda autoliquidación, si esta fuese distinta a las Cuentas Anuales aprobadas hasta el 30 de noviembre de 2020, con sus intereses de demora, en su caso.

 

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