Clausulas Suelo. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Llegó la sorpresa desde Luxemburgo. El Tribunal de Justicia del UE sentenció ayer, 21/12/2016, que la retroactividad de las cláusulas suelo cobradas de forma indebida por los bancos hay que fijarla desde el inicio de la firma de la hipoteca y no sólo desde el 9 de mayo de 2013, como dictaminó el Tribunal Supremo, argumentando que no hacerlo podría suponer un riesgo sistémico para el país, que en 2012 recibió un rescate financiero de hasta 100.000 millones. El fallo supone un enorme varapalo para los bancos, que estarían obligados a devolver hasta 4.200 millones a los clientes, según los cálculos del Banco de España.

 

El fallo es contundente y es contrario a las tesis ofrecidas por el abogado general en julio.

 

El TJUE ha fallado sobre una causa que acumulaba tres asuntos diferentes pero iguales en el fondo. Tres clientes de BBVA, Popular y Cajasur se quejaban de lo mismo, de que sus derechos habían sido vulnerados por haber sido obligados a firmar cláusulas abusivas en sus hipotecas. Se trata de las cláusulas suelo, que obligan al cliente a pagar siempre un mínimo a pesar de que el euríbor baje de forma descontrolada, como ha ocurrido en los últimos años.

 

Todo el mundo aceptó que eran ilegales, la duda es saber desde cuándo lo eran, si desde la firma de la hipoteca o desde el 9 de mayo de 2013. La incógnita ha sido resuelta. Debe devolverse todo el dinero cobrado de más, lo que supondrá un golpe para un sector financiero ya de por sí muy tocado por la política de bajos tipos de interés del BCE y sus problemas de rentabilidad.

 

«La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula. Por consiguiente, la declaración del carácter abusivo de las cláusulas suelo debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor», explica el Tribunal en un comunicado.

 

La decisión, que no se puede recurrir, servirá de base para que los tribunales españoles decidan sobre las miles de demandas por cláusulas suelo que deben dirimir, unas 70.000.

 

Según distintos cálculos, unos dos millones de españoles habrían pagado de media 3.000 euros de más en sus hipotecas debido a estas cláusulas, que se incluyeron en entre el 30% y 40 % de los contratos suscritos en España. ¿Cómo concretar en la práctica todo esto? Es algo que deberá verse en las próximas semanas y meses, y donde además también debe jugar un papel clave Hacienda por las deducciones fiscales practicadas a estos préstamos por vivienda habitual.

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