La Remuneración del Administrador en las Sociedades de Capital
El cargo de administrador de una sociedad es gratuito, salvo que en los estatutos sociales establezcan lo contrario, determinando un sistema de remuneración, que debe indicar los conceptos retributivos a percibir por los administradores en su condición de tales y que podrán consistir en:
- Una asignación fija.
- Dietas de Asistencia.
- Participación en Beneficios o una retribución variable en función de parámetros establecidos.
- Remuneración en acciones o vinculadas a su evolución.
- Indemnización por cese, siempre que este no esté motivado a un
- Sistemas de ahorro o de inversión.
El importe de la remuneración anual global debe ser aprobado por la junta general y permanecerá vigente en tanto no apruebe su modificación.
La remuneración de los administradores en todo caso debe guardar una proporción razonable con la importancia de la sociedad, la situación económica que tuviera en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.
El sistema de remuneración establecido debe estar orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo de la sociedad e incorporar una serie de cautelas para evitar la asunción excesiva de riegos y la recompensa de los resultados desfavorables.
Cabe recordar que el desempeño de la figura del administrador de una sociedad de capital conlleva responsabilidades, por lo que lo más lógico sería que este puesto conllevara una retribución anual.

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